¿Puedo llevar mi pistola en el carro? Lo que permite la ley en México

Por qué el registro no te deja sacar el arma de casa, qué papel ampara cada trayecto (DCAM, club, mudanza, licencia), qué pasa en un retén y los mitos más comunes.

Normativa · Transporte y portación Vigente al 1 de noviembre de 2026 7 min de lectura 6 fuentes oficiales citadas

Foto: FieldsportsChannel.tv, Wikimedia Commons, CC BY 2.0, recortada y ajustada de color.

Con el registro solo, no. El registro ampara tener el arma en tu domicilio. En un vehículo solo la puedes llevar con licencia de portación, con el permiso de transporte de tu club (PETA), con el permiso por cambio de domicilio o en el traslado de la DCAM a tu casa. Portar un arma sin licencia se castiga con 3 a 8 años de prisión.12

Por qué el registro no te deja sacarla de casa

La Constitución garantiza tener armas en el domicilio y deja a la ley decidir cuándo se pueden portar. El Reglamento es explícito: la manifestación (el registro) no es licencia de portación.2 Además, cuando compraste en la DCAM firmaste en el formato 02-040 el compromiso de no portar ni transportar el arma en un vehículo.3 El trámite del registro está en cómo registrar un arma.

¿Y con la credencial del club o la licencia de caza?

Tampoco. El registro como socio de club te permite portar el arma dentro del campo de tiro o del coto de caza; el trayecto necesita el PETA. La licencia de caza, de SEMARNAT o de tu estado, no ampara portar ni transportar armas.1

Cada trayecto y el papel que lo ampara

Qué documento te permite llevar el arma en cada caso · LFAFE, Reglamento y Manual de Servicios
TrayectoPapelCondiciones
De la DCAM a tu casaEl permiso de compra (02-040)24 horas como máximo. En transporte público, muestra el arma, la factura y el permiso a la autoridad de la terminal antes de abordar
Al club, a una competencia o a la caceríaPETA (02-045)Armas descargadas y en funda, solo a los lugares autorizados y con el permiso contigo
MudanzaPermiso 02-046$1,819 hasta 3 armas y $604 por arma adicional; 15 a 20 días hábiles; vale 30 días como máximo; no pide certificados
Con licencia de portaciónLicencia 02-025Solo el arma y la persona de la licencia, dentro de los límites que indica; puede ir en tránsito dentro del vehículo
Ejidatario, comunero o jornaleroLa manifestaciónRifle .22 o escopeta, fuera de zonas urbanas
Arma de aire de hasta 140 JNingunoTienes que poder demostrar que es para trabajo o deporte

Fuentes: LFAFE arts. 9, 10, 13, 34, 35 y 61; Reglamento arts. 24, 29, 30 y 67; Manual de Servicios, fichas 02-040, 02-045 y 02-046; tabla de pagos 2026.1246 El PETA, paso a paso, está en PETA, permiso de transporte, y la licencia en licencia de portación.

Me voy a cambiar de casa, ¿cómo llevo mis armas?

Pide el permiso de transporte por cambio de domicilio (DEFENSA-02-046) con el comprobante del nuevo domicilio y los registros. Vale 30 días como máximo. Al llegar, actualiza el domicilio de tus registros con la corrección de datos (02-099), que cuesta $201.46

¿Puedo llevarla al módulo para registrarla?

El Acuerdo de 2026 pide presentar el arma descargada, en estuche o funda, para el registro inicial.5 No hay un documento publicado que ampare ese trayecto. Antes de moverla, llama al módulo o a la Dirección General del Registro Federal de Armas y pregunta cómo hacerlo en tu caso. La lista está en módulos de registro y el caso de la herencia en arma heredada.

Si te detienen en un retén o una revisión

Si llevas un arma sin licencia o sin el permiso que la ampare, la autoridad la asegura (art. 78). Si tienes licencia pero no la traes contigo, también la aseguran; la recuperas pagando 10 veces la UMA y mostrando la licencia en 15 días hábiles. La licencia o el permiso se muestran en original o copia certificada; si no, se presume que no los tienes (art. 26).1 El PETA va siempre con su titular. Para un caso concreto, habla con un abogado.

Lo que te puede costar

Sanciones relacionadas con llevar armas fuera de casa · LFAFE
ConductaSanciónArtículo
Portar un arma permitida sin licencia3 a 8 años de prisión y 100 a 400 UMA; hasta dos terceras partes más con 2 o más armas81
Portar un arma de uso exclusivo5 a 10 años (incisos a y b)83
Llevar cartuchos por encima del límite del art. 501 a 4 años83 Quáter
Tener armas en un lugar no autorizadoMulta de 10 a 100 UMA y aseguramiento77 fr. II
Con licencia, usarla fuera de los lugares autorizadosCancelación de la licencia31

Mitos sobre el arma en el carro

  • «Con el registro la puedo llevar». No: el registro no es licencia (Reglamento art. 15; LFAFE art. 81).2
  • «Con el PETA la llevo cargada y a donde sea». No: va descargada, en funda y solo a los lugares del permiso (Reglamento art. 30).2
  • «Si es solo de paso, no cuenta». La ley no prevé ninguna excepción por trayecto corto.
  • «Descargada y en la cajuela no es portar». «Descargada y en funda» es la condición del transporte con permiso. Sin permiso, la ley no tiene una excepción escrita.

Vengo de Estados Unidos, ¿puedo cruzar con mi arma?

No sin permiso de Defensa. Introducir sin permiso armas, piezas, cargadores o cartuchos se castiga con 6 a 12 años de prisión (art. 84 Bis). Los cazadores extranjeros usan la importación temporal (02-030), de hasta 2 armas largas, por medio de un organizador cinegético.1 Lo demás de la cacería está en caza legal paso a paso.

En casa, lo que sí te toca es guardarla bien: ver guarda segura en casa.

Fuentes

  1. Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, reforma DOF 29-05-2025 (arts. 9, 10, 13, 26, 31, 34, 35, 61, 77, 78, 81, 83 Quáter y 84 Bis): www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAFE.pdf
  2. Reglamento de la LFAFE (arts. 15, 24, 29, 30 y 67): www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LFAFE.pdf
  3. Formato DEFENSA-02-040 Civiles 2026 (compromiso del solicitante): www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1083498/FORMATO_DEFENSA-02-040_…
  4. Manual de Servicios al Público de la DGRFAFCE (02-040, p. 292; 02-045, pp. 308-313; 02-046): www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1003257/Manual_de_Serv._Pub..pd…
  5. Acuerdo de eliminación y simplificación de trámites de Defensa, DOF 08-06-2026: sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5789879
  6. Formatos de pago e5 y costos 2026, Defensa: www.gob.mx/defensa/acciones-y-programas/formatos-de-pagos-e5-del-2023

Estado editorial: publicado. Si encuentras un dato desactualizado, la fecha de vigencia de arriba manda: confirma con Defensa antes de acudir.